Aurora Silva, esposa del dirigente opositor Freddy Superlano, aseguró la noche del sábado que su esposo continúa bajo arresto domiciliario, pese a que se había informado que recibiría “libertad plena” tras la aprobación de la Ley de Amnistía el pasado 19 de febrero.
En un video difundido en redes sociales, Silva afirmó que, aunque han transcurrido varias horas desde que se anunció su presunta liberación total, la medida no se ha hecho efectiva. Indicó que Superlano permanece con un grillete electrónico en el tobillo y sujeto a arresto domiciliario.
La esposa del dirigente también envió un mensaje de apoyo a los familiares de presos políticos que permanecen a las afueras de los centros de reclusión a la espera de la liberación de sus allegados. Señaló que los mantiene en sus oraciones y expresó su “esperanza” de que pronto puedan “reencontrarse en libertad”. “Esta lucha digna por la justicia y la libertad será escuchada. No están solos”, manifestó.
Asimismo, agradeció las muestras de solidaridad recibidas, incluidos mensajes y llamadas de personas interesadas en conocer si se había concretado la liberación plena de su esposo. “Su solidaridad nos sostiene”, afirmó.
Superlano fue uno de los primeros detenidos tras las elecciones presidenciales de 2024 y fue excarcelado la madrugada del lunes 9 de febrero, en el marco del proceso de liberaciones iniciado el mes pasado. En ese momento, la Plataforma Unitaria Democrática informó que el dirigente había quedado bajo arresto domiciliario y exigió que se le otorgara libertad plena.
En contexto
La tarde del sábado, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, afirmó que ya se estaban produciendo liberaciones “en cientos” de personas privadas de libertad amparadas por la Ley de Amnistía
“En este momento ya se están dando cientos de liberaciones de personas privadas de libertad que se acogen a la Ley de Amnistía”, expresó durante una rueda de prensa transmitida por el canal estatal Venezolana de Televisión (VTV).
Indicó que los primeros casos que se estaban atendiendo correspondían a los centros de detención de la Policía Nacional Bolivariana en Boleíta (zona 7) y el Helicoide, sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, ambos ubicados en la ciudad de Caracas. No ofreció detalles adicionales sobre las liberaciones ni sobre las identidades de las personas beneficiadas.
Rodríguez explicó que la comisión designada para velar por la aplicación de la ley —encabezada por el diputado Jorge Arreaza— permanece en sesión permanente evaluando las solicitudes.
«Hasta ayer, teníamos 405 solicitudes de personas privadas de libertad. Hoy se han recibido, nuevas, 1.152 solicitudes, en total 1.557 que se están atendiendo de inmediato», aseguró.
Añadió que también estaba previsto revisar las solicitudes de “más de 11.000 personas” que actualmente cumplen medidas sustitutivas de libertad, como régimen de presentación ante tribunales o prohibición de salida del país, con el objetivo de que «puedan disfrutar libertad plena».
“Es nuestro aporte, de todos los que creemos en la necesidad del diálogo para la construcción de la paz. Es el aporte para una paz que ojalá sea duradera; una paz donde todos nos respetemos, una paz donde podamos discutir diferencias en todos los ámbitos sin recurrir al odio, a la polarización, al maltrato verbal ni al bullying”, expresó.
Rodríguez agregó que “muchas” personas que no están contempladas dentro de la Ley de Amnistía estaban siendo evaluadas para recibir “medidas de gracia o indultos” por parte del Ejecutivo.
“Muchas otras personas están siendo consideradas, no en el ámbito que contempla la Ley de Amnistía, porque es muy específico su ámbito, sino en el ámbito de medidas de gracia o de indulto por parte del Ejecutivo nacional”, dijo.
Explicó que, tras la promulgación del instrumento legal, se “abre un espacio” para que instancias como el Programa de Convivencia y Paz o la comisión para la revolución judicial analicen y recomienden acciones en favor de personas que no están incluidas en la amnistía.
Al ser consultado sobre las exclusiones, mencionó el caso del dirigente opositor Juan Pablo Guanipa, quien fue liberado después de la aprobación de la ley, aunque —según señaló— no le correspondía ese beneficio.
“Él está entre las personas que debieron ser excluidas, porque convocó acciones violentas contra Venezuela, pero se decidió que se le diera una medida, que espero que él sepa apreciar bien, y en este momento goza de libertad plena”, explicó.
La Ley de Amnistía establece como periodo de cobertura los años comprendidos entre 1999 y 2026, pero delimita 13 hechos políticos ocurridos desde 2002, lo que deja fuera detenciones registradas en al menos 15 de los últimos 27 años, así como casos vinculados con operaciones militares.
Foro Penal ha verificado 40 liberaciones de presos políticos
El director presidente de la ONG Foro Penal, Alfredo Romero, informó la tarde de este domingo que han podido verificar la liberación de 40 presos políticos, luego de la aprobación de la Ley de Amnistía en segunda discusión por la Asamblea Nacional el pasado jueves.
Romero indicó en su cuenta de X que, hasta las 6:00 de la tarde de este 22 de febrero, ese era el balance de la organización, y añadió: “Seguimos verificando otros casos
Entre los liberados reportados este domingo se encuentra Juan Freites, jefe del Comando Con Vzla en el estado Vargas, quien fue detenido el 23 de enero de 2024 en su domicilio. Ese mismo día también fueron arrestados los coordinadores regionales Luis Camacaro y Guillermo López, de Yaracuy y Trujillo, respectivamente.
Camacaro fue sido excarcelado el 8 de febrero junto con otros presos políticos, en el marco del proceso de liberaciones anunciado por el Ejecutivo encabezado por la presidenta encargada Delcy Rodríguez.
La organización Vente Venezuela confirmó la liberación de varios de sus miembros, incluidos Andrés Cabrera, coordinador en Bejuma (estado Carabobo), y las dirigentes Mayra Montilla y Mary Rodríguez en Guanare. También ha sido liberado Hostari Molina, representante de la organización en Cojedes.
Contenido de la ley
La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad, en segunda discusión, la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática. La sesión del 19 de febrero, transmitida por Venezolana de Televisión, comenzó con más de dos horas y media de retraso. En las semanas anteriores, el Parlamento realizó reuniones con sectores de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y familiares de presos políticos para evaluar el proyecto.
Dentro del cuerpo de la ley, el artículo 8 recoge de forma expresa los hechos que quedarán comprendidos en la amnistía. Allí se enumeran 13 hechos específicos, que van desde el golpe de Estado de 2002 y el paro empresarial y petrolero de 2002-2003, hasta manifestaciones vinculadas a distintos procesos políticos y electorales ocurridos en los años 2004, 2007, 2009, 2013, 2014, 2017 y 2019, salvo los constitutivos del delito de rebelión militar. También se incluyen las actuaciones de la Asamblea Nacional del período 2016-2021 y el “desconocimiento de instituciones y autoridades públicas”, la convocatoria y realización de los procesos internos para la selección de candidatos presidenciales en 2023 (primarias), así como hechos relacionados con las elecciones presidenciales de 2024 y los comicios regionales y parlamentarios de 2025.
La nueva legislación también delimita con claridad los delitos que quedan excluidos del beneficio. De acuerdo con el artículo 9, no podrán acogerse quienes estén involucrados en violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad o de guerra, homicidio intencional, lesiones gravísimas, tráfico de drogas o hechos previstos en la Ley contra la Corrupción. Tampoco aplicará a personas que se encuentren o puedan ser procesadas o condenadas por “promover, instigar, solicitar, invocar, favorecer, facilitar, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza contra el pueblo, la soberanía y la integridad territorial” de Venezuela por parte de “Estados, corporaciones o personas extranjeras”.
En cuanto a sus efectos jurídicos, el artículo 10 establece que la amnistía extingue todas las acciones penales, disciplinarias o civiles contra las personas beneficiadas, sin importar la fase del proceso en que se encuentren, e incluye las solicitudes de extradición relacionadas exclusivamente con los hechos amparados por la ley. En consecuencia, deberán cesar las “medidas de coerción personal” y otras restricciones impuestas.
El texto también prevé la eliminación de registros o antecedentes por parte de los órganos y entes administrativos, policiales o militares de quienes resulten favorecidos, así como la notificación a instancias competentes en caso de requerimientos internacionales, tal como lo dispone el artículo 14. Además, el artículo 15 contempla la creación de una comisión especial de 23 diputados que desarrollará mecanismos para asegurar el cumplimiento de la ley en coordinación con el sistema de justicia. Esta instancia estará presidida por Jorge Arreaza y tendrá como vicepresidenta a Nora Bracho.
La norma aclara en su artículo 16 que cualquier persona beneficiada que incurra en nuevos delitos después de su entrada en vigor quedará sujeta a los procesos legales correspondientes.
(Con informaciones de El Cooperante)

