El diputado Jorge Arreaza, presidente de la comisión parlamentaria encargada de supervisar la aplicación de la Ley de Amnistía, informó este martes que un total de 8.084 personas han recibido libertades plenas desde la promulgación de la norma en febrero pasado.
En su cuenta en X, el parlamentario publicó este martes 24 de marzo un balance en el que detalló que 302 de los beneficiados se encontraban detenidos por motivos políticos, mientras que 7.782 estaban sujetos a medidas cautelares.
“En esta actualización de las libertades otorgadas gracias a la aplicación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, se aprecia cómo se superan las 8 mil personas beneficiadas, entre ellas más de 300 que se encontraban privadas de libertad”, escribió.
Horas más tarde, la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad extender por 30 días el funcionamiento de la comisión encargada de hacer seguimiento a la ley.
“Propongo una prórroga de 30 días para que esta comisión siga funcionando con plenitud de los deberes y derechos establecidos en la Constitución y en el Reglamento de Interior y Debate, para que continúe profundizando el proceso de convivencia democrática que ya hemos emprendido”, dijo el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez, durante la sesión ordinaria, transmitida por el canal estatal VTV.
Rodríguez afirmó que está apareciendo “una especie” que, a su juicio, insiste en el “enfrentamiento” y la “violencia”, sin precisar a quiénes se refería
Asimismo, reiteró que la Ley de Amnistía no contempla beneficios para personas involucradas en delitos como homicidio, narcotráfico, corrupción, entre otros.
“La Ley de Amnistía se hizo justamente para buscar la reconciliación, para corregir los errores que se pudieran haber cometido de parte y parte”, prosiguió.
El presidente del Legislativo también detalló que, desde la promulgación de la ley, se han recibido 11.432 solicitudes de amnistía, de los cuales “un número importante” no están sujetos a la norma por las exclusiones establecidas en el artículo 9.
La ley abarca un período de 27 años, desde 1999, aunque delimita su aplicación a 13 hechos ocurridos en años específicos.
Más de un mes después de su entrada en vigencia, las autoridades aún no han publicado el listado de personas beneficiadas, pese a solicitudes realizadas por el alto comisionado de Naciones Unidas para los derechos humanos, Volker Türk.
Ese mismo 24 de marzo, el director de la ONG Fundaredes, Javier Tarazona, denunció que un tribunal rechazó la solicitud de amnistía presentada a su favor, así como la de su hermano Rafael Tarazona y el abogado Omar de Dios García, al considerar que su caso no está contemplado dentro de la normativa.
Tarazona señaló que apeló la decisión y reiteró que su actuación se enmarca en la búsqueda de la reconciliación. Él, su hermano y García enfrentan cargos por terrorismo, incitación al odio y traición a la patria.
En los últimos días, tribunales también han desestimado solicitudes similares de otros dirigentes, entre ellos Henry Alviárez, coordinador de Organización de Vente Venezuela, así como de varios dirigentes sindicales.
Balance de Foro Penal: 503 presos políticos hasta el 23 de marzo
Foro Penal informó este martes que en Venezuela hay 503 presos políticos hasta el 23 de marzo, en medio del proceso de excarcelaciones iniciado en enero y de la amnistía aprobada por la Asamblea Nacional (AN) el pasado 19 de febrero.
En un mensaje publicado en X (antes Twitter), la ONG precisó que entre los detenidos hay 44 personas con nacionalidad extranjera y 188 militares. Asimismo, indicó que del total registrado 452 son hombres y 51 mujeres, mientras que 315 corresponden a civiles.
El balance también señala que 502 de los detenidos son adultos y uno es adolescente. En cuanto a su situación judicial, 166 han sido condenados y 337 permanecen sin condena.
Foro Penal también agregó que “se desconoce el paradero” de 3 detenidos y que “más de 11.000 personas permanecen sujetas a medidas restrictivas de su libertad” en el país.
La publicación del balance coincide con la denuncia de Javier Tarazona, director de Fundaredes, a quien un tribunal le negó la aplicación de la amnistía. La medida judicial también afectó a su hermano, Rafael Tarazona, y al abogado Omar de Dios García, por considerar que su causa está fuera de la norma.
Este rechazo no es un caso aislado; en días recientes, los tribunales también han descartado solicitudes similares para figuras como Henry Alviárez, coordinador de Organización de Vente Venezuela, y varios dirigentes sindicales.
Sobre la Ley de Amnistía
El artículo 8 de la norma establece de manera expresa los hechos que quedan comprendidos en la amnistía, que van desde el golpe de Estado de 2002 y el paro empresarial y petrolero de 2002-2003, hasta manifestaciones vinculadas a distintos procesos políticos y electorales ocurridos en los años 2004, 2007, 2009, 2013, 2014, 2017 y 2019, salvo los constitutivos del delito de rebelión militar. También se incluyen las actuaciones de la Asamblea Nacional del período 2016-2021 y el “desconocimiento de instituciones y autoridades públicas”, la convocatoria y realización de los procesos internos para la selección de candidatos presidenciales en 2023 (primarias), así como hechos relacionados con las elecciones presidenciales de 2024 y los comicios regionales y parlamentarios de 2025.
La nueva legislación también delimita con claridad los delitos que quedan excluidos del beneficio. De acuerdo con el artículo 9, no podrán acogerse quienes estén involucrados en violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad o de guerra, homicidio intencional, lesiones gravísimas, tráfico de drogas o hechos previstos en la Ley contra la Corrupción. Tampoco aplicará a personas que se encuentren o puedan ser procesadas o condenadas por “promover, instigar, solicitar, invocar, favorecer, facilitar, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza contra el pueblo, la soberanía y la integridad territorial” de Venezuela por parte de “Estados, corporaciones o personas extranjeras”.
En cuanto a sus efectos jurídicos, el artículo 10 establece que la amnistía extingue todas las acciones penales, disciplinarias o civiles contra las personas beneficiadas, sin importar la fase del proceso en que se encuentren, e incluye las solicitudes de extradición relacionadas exclusivamente con los hechos amparados por la ley. En consecuencia, deberán cesar las “medidas de coerción personal” y otras restricciones impuestas.
El texto también prevé la eliminación de registros o antecedentes por parte de los órganos y entes administrativos, policiales o militares de quienes resulten favorecidos, así como la notificación a instancias competentes en caso de requerimientos internacionales, tal como lo dispone el artículo 14.
La norma aclara en su artículo 16 que cualquier persona beneficiada que incurra en nuevos delitos después de su entrada en vigor quedará sujeta a los procesos legales correspondientes.
(Con informaciones de El Cooperante)

